Micelio

Artículo 3

Ley 77 de 1914 · Sobre pie de fuerza y material de guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las dos primeras Comisiones se compondrán de Oficiales, colombianos de grado de Capitán a General, que hayan hecho con éxito sus estudios en la Escuela Superior de Guerra, o que tengan diploma obtenido en instituto militar extranjero que abone la adquisición de los conocimientos correspondientes y la ultima de Oficiales de marina, colombianos, que hayan cursado las diferentes materias de su profesión en escuelas o academias nacionales o extranjeras o a bordo de buques de otras naciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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