Micelio

Artículo 87

Contra Las Providencias A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Son Pertinentes Los Recursos De Reposición Ante Los Mismos Funcionarios Que Las Pronuncien, Y De Apelación Para Ante El Consejo Directivo Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales O La Junta Directiva De La Respectiva Caja Seccional, Dentro De Los Términos Establecidos En El Reglamento General De Reclamaciones, Sanciones Y Procedimiento (Decreto Número 1343 De 1949)

Decreto 2623 de 1950 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Riesgos Profesionales (accidentes del trabajo y enfermedades profesionales).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra las providencias a que se refiere el artículo anterior, son pertinentes los recursos de reposición ante los mismos funcionarios que las pronuncien, y de apelación para ante el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales o la Junta Directiva de la respectiva Caja Seccional, dentro de los términos establecidos en el Reglamento General de Reclamaciones, sanciones y procedimiento (Decreto número 1343 de 1949).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2623 de 1950