Artículo único. Abrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales, con imputación á los capítulos y artículos del Presupuesto de la vigencia en curso:
MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PUBLICA
Circunscripcción Escolar de Bucaramanga.
$1,000
Circunscripción Escolar de Cartagena.
Artículo 388. Para el sostenimiento de diez becas en la Escuela Normal de Institututoras de Cartagena, á $ 10 mensuales cada una, en los diez meses lectivos
1,000
Circunscripción Escolar de Ibagué.
Artículo 400. Para el sostenimiento de diez becas en la Escuela Normal de Institutoras de Ibagué, á $ 10 mensuales cada una, en los diez meses lectivos
1,000
Circunscripción Escolar de Manizales.
Artículo 404. Para el sostenimiento de diez becas en la Escuela Normal de Institutoras de Manizales, á $ 10 mensuales cada una, en los diez meses lectivos
1,000