Micelio

Artículo 48

Ley 157 de 1896 · Sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la producción subversiva origine o contribuya a originar los delitos de rebelión, sedición, o motín o asonada, además de las penas establecidas en esta ley sufrirán los responsables las señaladas en el Código Penal para los delitos consumados, las cuales les serán impuestas por los jueces ordinarios.

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA AOLICACION DE LAS PENAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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