Micelio

Artículo 17

Decreto 2416 de 1988 · Por el cual se dictan normas para la concesión, cancelación y revocatoria de licencias para iniciación de labores de instituciones docentes, públicos y privados de educación no formal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los alcaldes, alcaldes menores e inspectores de policía, quedan facultades por medio del presente Decreto para cerrar los institutos docentes de educación no formal, que funcionen dentro de sus jurisdicciones, sin la licencia de iniciación de labores correspondientes, salvo lo dispuesto en el artículo 9º de Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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