° A partir de la fecha de expedición de este Decreto, el Comisario de La Guajira procederá a organizar la administración corregimental de las nuevas entidades, con sujeción a lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley 2ª de 1943, y 5°, 6° y 15 del Decreto 2451 del mismo año. Comuníquese y publíquese.
Decreto 3407 de 1949 →Vigente
Artículo 2
A Partir De La Fecha De Expedición De Este Decreto, El Comisario De La Guajira Procederá A Organizar La Administración Corregimental De Las Nuevas Entidades, Con Sujeción A Lo Dispuesto En Los Artículos 6° De La Ley 2ª De 1943, Y 5°, 6° Y 15 Del Decreto 2451 Del Mismo Año
Decreto 3407 de 1949 · por el cual se crean unos Corregimientos en la Comisaría Especial de La Guajira.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.