El Consejo Académico está integrado por el Rector, quien lo presidirá, y los Decanos y Directores de las Facultades y Escuelas. El Secretario General y el Síndico tendrán voz en el Consejo Académico. Cada uno de los Decanos o Directores de las Facultades y Escuelas que funcionen fuera de Bogotá, designará su representante personal en el Consejo Académico. Esta representación deberá recaer en un profesor en ejercicio de la Universidad Nacional.
Los representantes de los estudiantes en el Consejo Superior tendrán voz y voto en el Consejo Académico.
El Estatuto Orgánico podrá crear comisiones permanentes del Consejo Académico, las cuales tendrán poder decisorio en los casos en que el mismo Estatuto lo determine.