Seguimiento en la implementación de las acciones del mecanismo articulador . El comité de seguimiento a la implementación y cumplimiento de la Ley 1257 de 2008 y ampliado de la Ley 1719 de 2014, integrado por la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, y representantes de las organizaciones de mujeres, efectuará el seguimiento a las acciones realizadas por el Mecanismo Articulador respecto a las violencias por razones de sexo y género contra las mujeres. Estas acciones serán reportadas en el Sistema Nacional de Mujeres. El Sistema Nacional de Bienestar Familiar, a través de su Comité Ejecutivo, efectuará el seguimiento a las acciones realizadas por parte del Mecanismo Articulador respecto a las violencias por razones de sexo y género contra niñas, niños y adolescentes. Estas acciones deberán ser reportadas a los Comités de las Leyes 1146 de 2007 y 1336 de 2009.
Decreto 1710 de 2020 →Vigente
Artículo 33
Seguimiento En La Implementación De Las Acciones Del Mecanismo Articulador
Decreto 1710 de 2020 · Por el cual se adopta el Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Sexo y Género, de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, como estrategia de gestión en salud pública y se dictan disposiciones para su implementación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.