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Artículo 26

Programas De Capacitación

Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Programas de Capacitación . Los programas de capacitación en seguridad y salud en el trabajo en labores mineras se regirán por los siguientes lineamientos

1.

Diseño de los programas de capacitación. Los programas de capacitación, en seguridad y salud en las labores mineras que impartan las instituciones autorizadas para tal fin, deben tener en cuenta, los siguientes niveles

a)

Nivel básico. Está dirigido al personal directivo y aquel que toma decisiones administrativas, que no ingresan a las labores mineras. Tendrá una intensidad mínima de dieciséis (16) horas. Puede ser realizado de manera presencial o virtual.

b)

Nivel avanzado. Este curso está dirigido a: I. Trabajadores operativos y aprendices que realicen actividades en labores mineras, tendrá una intensidad mínima de (40) horas, de las cuales mínimo serán cuarenta por ciento (40%) teóricas y sesenta por ciento (60%) entrenamiento práctico. II. Personal directivo y aquel que tome decisiones técnicas o administrativas relacionadas con la aplicación del presente reglamento que ingresen a las labores mineras, con una intensidad de cuarenta (40) horas, de las cuales, mínimo serán cuarenta por ciento (40%) teóricas y sesenta por ciento (60%) entrenamiento práctico. Quien se haya formado en el nivel básico solo requerirá complementar la parte práctica correspondiente al sesenta (60) por ciento del nivel avanzado.

2.

Los contenidos de los programas de capacitación anteriormente descritos serán

a)

Nivel básico: debe contemplar los siguientes temas: *Requisitos legales, conceptos básicos de derecho laboral, incluyendo derechos y deberes en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo -SGSST, responsabilidad civil, penal, administrativa y ambiental; sobre labores mineras a cielo abierto y seguridad y salud en el trabajo; *Planificación y seguimiento a las medidas establecidas en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo (SG-SST). Procedimiento para identificar los peligros, mitigar o eliminar los riesgos de accidentes o enfermedades en labores mineras a cielo abierto; *Responsabilidades legales sobre el uso y manejo de explosivos, químicos y sus accesorios.

b)

Nivel Trabajador Operativo: Para trabajadores operativos y aprendices que realicen actividades en labores mineras, debe contemplar los siguientes temas teórico-prácticos: *Naturaleza de los peligros del accidente de trabajo, enfermedades laborales en labores mineras y fomento del autocuidado en las personas. *Requisitos legales, responsabilidad civil, penal, administrativa y ambiental; sobre labores mineras y seguridad y salud en el trabajo. *Implementación de las medidas establecidas en el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST). *Procedimiento de trabajo seguro en labores mineras. *Procedimientos para manipular y almacenar equipos y materiales utilizados en las labores a cielo abierto; *Procedimientos para manipular y almacenar los equipos de protección personal; *Medidas de prevención de accidentes o enfermedades en labores mineras, que incluya aspectos técnicos de prevención por caída de rocas, riesgos electromecánicos, manejo seguro de explosivos, entre otros. *Aplicabilidad de los permisos de trabajo. *Estabilidad de los taludes y escombreras. *Aspectos relacionados con el transporte de mineral y de explosivos. *Responsabilidades legales sobre el uso y manejo de explosivos, químicos y sus accesorios.

c)

Nivel Profesional Operativo: Personal directivo y aquel que tome decisiones técnicas o administrativas relacionadas con la aplicación del presente Reglamento, que ingresen a las labores. *Requisitos legales sobre labores mineras y seguridad y salud en el trabajo; requisitos legales, conceptos básicos de derecho laboral, incluyendo derechos y deberes en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo -SGSST, responsabilidad civil, penal, administrativa y ambiental; sobre labores mineras a cielo abierto y seguridad y salud en el trabajo. *Implementación y seguimiento a las medidas establecidas en el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST). *Conceptos básicos de derecho laboral, incluyendo derechos y deberes en el Sistema General de Seguridad Social Integral.Identificación de los peligros valoración y control de los riesgos que podrían causar accidentes de trabajo y/o enfermedades laborales en sector minero. *Identificación de los peligros valoración y control de los riesgos que podrían causar accidentes de trabajo y/o enfermedades laborales en sector minero. *Diseño, implementación y seguimiento de procedimientos de trabajo seguro en labores mineras. *Diseño e implementación de los permisos de trabajo; *Estabilidad de los taludes y escombreras. *Aspectos relacionados con el transporte de mineral y explosivos. *Responsabilidades legales sobre el uso y manejo de explosivos, químicos y sus accesorios.

Parágrafo

Las instituciones que oferten programas de capacitación en seguridad y salud en el trabajo en labores mineras deben adoptar los mecanismos necesarios para la transferencia y aplicabilidad de los conocimientos relacionados con la temática, que permita el acceso a las personas que no sepan leer y escribir y desarrollen sus actividades en este sector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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