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Artículo 41

Los Consejos Administrativos Departamentales Y Municipales Tendrán Las Mismas Prohibiciones Que La Ley 4ª De 1913 Y Las Que La Adicionan Y Reforman Señalan A Las Asambleas Y Consejos Municipales, Respectivamente

Decreto 3170 de 1954 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Consejos Administrativos Departamentales y Municipales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Consejos Administrativos Departamentales y Municipales tendrán las mismas prohibiciones que la Ley 4ª de 1913 y las que la adicionan y reforman señalan a las Asambleas y Consejos Municipales, respectivamente.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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