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Artículo 1

Promúlgase El " Convenio Entre Las Repúblicas De Colombia Y Del Ecuador Para La Recuperación Y Devolución De Bienes Culturales Robados ", Suscrito En Santa Fe De Bogotá, El Diecisiete (17) De Diciembre De Mil Novecientos Noventa Y Seis (1996)

Decreto 345 de 2002 · por el cual se promulga el "Convenio entre las Repúblicas de Colombia y del Ecuador para la recuperación y devolución de bienes culturales robados", suscrito en Santa Fe de Bogotá, el diecisiete (17) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Promúlgase el " Convenio entre las Repúblicas de Colombia y del Ecuador para la recuperación y devolución de bienes culturales robados ", suscrito en Santa Fe de Bogotá, el diecisiete (17) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996). (Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Convenio entre las Repúblicas de Colombia y del Ecuador para la recuperación y devolución de bienes culturales robados", suscrito en Santa Fe de Bogotá, el diecisiete (17) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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