Despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales . Son funciones del despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales, además de las conferidas en el artículo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes
Asesorar al Ministro en la formulación, dirección, ejecución y seguimiento de la política exterior del Estado en materia de relaciones multilaterales, velando porque los diferentes aspectos de carácter político, económico, social, ambiental y cultural se armonicen con los fines generales de aquella.
Asistir al Ministro en las relaciones con otras entidades del Estado y con los organismos internacionales acreditados en Colombia.
Mantener adecuadamente informadas a todas las dependencias y a las Misiones Diplomáticas y Consulares en el exterior sobre el desarrollo de los temas de su competencia para lograr una mejor coordinación y ejecución de la política exterior.
Asistir al Ministro en el seguimiento de los instrumentos multilaterales vigentes, en la ejecución de los mismos cuando ello corresponda al Ministerio de Relaciones Exteriores, conceptuar sobre la eventual terminación o denuncia de estos instrumentos, dirigir y supervisar la negociación de nuevos tratados y convenios multilaterales y, cuando se considere oportuno, participar en su negociación.
Participar, bajo la orientación del Ministro, y coordinar con las dependencias pertinentes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en los procesos de consulta y diálogo que adelanten autoridades nacionales con organismos internacionales.
Articular las relaciones del Ministerio con las demás entidades públicas o privadas, para asegurar la coherencia y eficacia en la ejecución de la política multilateral y para lograr una adecuada participación del país en las reuniones y conferencias multilaterales, convocando para tal efecto a reuniones de información y coordinación y solicitando informes a las entidades pertinentes sobre sus áreas de competencia.
Impartir las directrices de política multilateral aprobadas por el Presidente de la República y por el Ministro de Relaciones Exteriores e instruir sobre el particular a las Misiones Diplomáticas y Consulares.
Orientar y coordinar lo relacionado con la cooperación internacional, incluidas las negociaciones, el seguimiento y la evaluación del cumplimiento de la política exterior en esta materia.
Dirigir, las negociaciones de cooperación internacional, en coordinación con las entidades nacionales públicas y privadas pertinentes, con miras a lograr y mantener una posición concertada y consolidada del país en las mismas.
Dirigir lo relacionado con la promoción de la diversidad cultural de Colombia en el exterior, y orientar la formulación del plan de promoción de Colombia en el exterior.
Presidir la Comisión Asesora para la determinación de la condición de refugiado y la Comisión Nacional de Migraciones o designar su delegado para tal efecto cuando así lo estime pertinente.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.