Micelio

Artículo 95

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento por incompetencia para acumular. Si al estudiar el informe pedido, el juez considera que no es competente para conocer de los procesos acumulados, dispondrá en seguida que el asunto se envíe al juez que lo sea, para que decida sobre la acumulación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971