Micelio

Artículo 2

La Adquisición Autorizada En Este Decreto Será Financiada En Un Treinta Por Ciento (30%) De Su Valor Total, Por La Empresa Colombiana De Petroleros, Y El Resto Será Atendido Por El Fondo Rotatorio De La Armada Nacional Con Los Producidos De La Unidad Que Se Autoriza Adquirir

Decreto 760 de 1964 · Por el cual se autoriza a la Armada Nacional para adquirir un buque-tanque petrolero

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La adquisición autorizada en este Decreto será financiada en un treinta por ciento (30%) de su valor total, por la Empresa Colombiana de Petroleros, y el resto será atendido por el Fondo Rotatorio de la Armada Nacional con los producidos de la unidad que se autoriza adquirir. Comuníquese y publíquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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