Para el otorgamiento de becas en los establecimientos oficiales de educación primaria, secundaria y profesional, serán preferidos, en igualdad de circunstancias, y dentro de las prescripciones legales y reglamentarias, los descendientes hasta la segunda generación de los militares inscritos en el Escalafón especial de que trata el artículo 1° de esta Ley.
Ley 65 de 1937 →Vigente
Artículo 5
Ley 65 de 1937 · Por la cual se crea el Escalafón de antiguos militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.