Micelio

Artículo 5

Ley 65 de 1937 · Por la cual se crea el Escalafón de antiguos militares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el otorgamiento de becas en los establecimientos oficiales de educación primaria, secundaria y profesional, serán preferidos, en igualdad de circunstancias, y dentro de las prescripciones legales y reglamentarias, los descendientes hasta la segunda generación de los militares inscritos en el Escalafón especial de que trata el artículo 1° de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 65 de 1937