Los estudios de irrigación del río Palo, las obras de irrigación de la esclusa de La Ramada, desecación de los pantanos adyacentes a la laguna de Fúquene, desecación del valle de Sogamoso, canal de irrigación de Bugalagrande, represa de Samacá, rectificación y canalización del río Medellín, el canal de irrigación de la Granja de Armero y la obra de irrigación de los llanos de Mariquita, que actualmente se hallan a cargo del Fondo Rotatorio de Desecación e Irrigación, continuarán siendo construidas y administradas por el Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico.
El valor invertido en ellas y aún no amortizado formará parte del aporte nacional al capital del Instituto, según se prevé en el ordinal d) del artículo 4° de esta Ley.