° Las estampillas a que se refiere el artículo anterior serán fabricadas por cuenta de la Cruz Roja Nacional, manejadas directamente por el Ministerio de Correos y Telégrafos y servirán para el fin a que están destinados, por tiempo indefinido. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2827 de 1948 →Vigente
Artículo 2
Las Estampillas A Que Se Refiere El Artículo Anterior Serán Fabricadas Por Cuenta De La Cruz Roja Nacional, Manejadas Directamente Por El Ministerio De Correos Y Telégrafos Y Servirán Para El Fin A Que Están Destinados, Por Tiempo Indefinido
Decreto 2827 de 1948 · Por el cual se ordena una emisión de estampillas para el Fondo del Socorro Nacional en casos de calamidad pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.