Micelio

Artículo 1

Ley 52 de 1879 · Que adiciona la número 53 de 1874

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Hácense estensivas las disposiciones de la lei 53 de 1874 a la persona o Compañía que obtenga privilejio en el Estado soberano del Cauca para abrir un camino que ponga en comunicacion el distrito del Rosario o el Valle del Patía (municipio de Popayan) con la costa del mar Pacífico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1879