° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional: CONTRACREDITO Programa 07 Transferencias Artículo 23. Aporte a la Corporación Financiera del Transporte para pago del subsidio al transporte urbano colectivo $ 19.000.000 CREDITO Programa 04 CONSTRUCCION DE CARRETERAS TRONCALES Artículo 14. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras Troncales Transversales. Proyecto 7. Bucaramanga - Barrancabermeja $ 19.000.000
Decreto 1281 de 1967 →Vigente
Artículo 1
Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional: Contracredito Programa 07 Transferencias Artículo 23
Decreto 1281 de 1967 · Por lo cual se hace un traslado dentro de las apropiaciones del presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.