Micelio

Artículo 53

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se trate de empleados, la autoridad nominadora, una vez recibida la correspondiente lista de elegibles y según el porcentaje mínimo exigido para el efecto, deberá nombrar en período de prueba a los aspirantes que hayan ocupado los cinco primeros puestos de la lista, la cual deberá actualizarse o renovarse a medida que sean designadas estas personas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2400 de 1986