Micelio

Artículo 13

No Obstante Lo Anterior, Corresponderá A La Superintendencia De Sociedades Autorizar La Emisión De Bonos Obligatoriamente Convertibles En Acciones Por Parte De Las Sociedades Sometidas A Su Inspección Y Vigilancia, Cuando Se Cumplan Las Siguientes Condiciones: 1

Decreto 1026 de 1990 · por el cual se modifica el régimen de emisión de bonos y se derogan los Decretos 1998 de 1972 y 1914 de 1983.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No obstante lo anterior, corresponderá a la Superintendencia de Sociedades autorizar la emisión de bonos obligatoriamente convertibles en acciones por parte de las sociedades sometidas a su inspección y vigilancia, cuando se cumplan las siguientes condiciones

1.

Que la emisión no se coloque por oferta pública.

2.

Que las acciones de la sociedad emisora no están inscritas en el registro nacional de valores y que no se requiera su inscripción en una bolsa de valores, de conformidad con el artículo 4° del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1026 de 1990