ARTICULO 1o . La letra b) del ordinal 1º del artículo 1º del Decreto 1064 de 1991, quedará así: "Hasta quinientos treinta mil millones ($ 530.000.000.000) moneda legal, destinados a sustituir durante el año 1991 la deuda interna de la Nación con el Banco de la República, y que podrán ser utilizados para operaciones de mercado abierto".
Decreto 1664 de 1991 →Vigente
Artículo 1
O
Decreto 1664 de 1991 · por el cual se modifica el Decreto 1064 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.