Micelio

Artículo 78

Decreto 1646 de 1991 · por el cual se establece el Régimen Administrativo Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 78 . Presunción de enriquecimiento ilícito. Se presume que hay enriquecimiento ilícito cuando durante el ejercicio del cargo y un año después el funcionario de la Dirección de Impuestos Nacionales, su cónyuge, su compañero o compañera permanente, o sus hijos, adquieren por sí, o por interpuesta persona, sea natural o jurídica, bienes muebles o inmuebles, dentro o fuera del territorio nacional, que por su costo no puedan provenir de su remuneración, no pueda demostrar su origen legítimo, no sean el producto legal o razonable de sus ingresos o que sobrepasen el rendimiento comercial de los mismos, así como cuando efectúen gastos o realicen inversiones que no guarden proporción con sus ingresos lícitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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