Del 1° de enero de 1920 en adelante, los Cónsules de Colombia en el Exterior tendrán los siguientes sueldos y asignaciones mensuales: Cónsul General en Hamburgo, $ 400 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Londres, $ 350 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Canciller Secretario del Consulado General en Londres, $ 120 de sueldo; Canciller del Consulado General en Londres $ 120 de sueldo; Cónsul en Liverpool, $ 450 de sueldo y $ 100, para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Canciller Secretario del Consulado en Liverpool, $ 150 de sueldo; Canciller Cajero del mismo Consulado, $ 130 de sueldo; Portero del mismo Consulado, $ 50 de sueldo; Cónsul en Southampton, 4 200 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Cardiff, $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Puerto España (Trinidad), $ 300 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Kingston (Jamaica), $ 200 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul de Génova, $ 200 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul de Curazao, $ 200 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en París, $ 200 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Canciller del Consulado General en París, $ 150 de sueldo; Cónsul en Burdeos, $ 250 de sueldo; Cónsul en Saint Nazaire, $ 300 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Marsella, $ 150 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en El Havre, $ 350 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Madrid, $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Barcelona, $ 200 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Málaga, $ 150 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Cádiz, $ 150 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Sevilla, $ 200 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Yokohama (Japón), $ 300 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Nueva York, $ 500 de sueldo y $ 200 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Canciller Secretario del Consulado General en Nueva York, $ 400 de sueldo; Canciller Cajero del mismo Consulado, $ 300 de sueldo; Dos Cancilleres Liquidadores de facturas del mismo Consulado, $ 200 de sueldo cada uno; Canciller Archivero del mismo Consulado, $ 150 de sueldo; Cónsul en San Francisco de California, $ 200 de sueldo y $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en New Orleans, $ 200 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Los Angeles (California), $ 100 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Boston, $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Seatle, $ 100 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General de Méjico, $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Caracas, $ 120 de sueldo; Cónsul en Maracaibo, $ 200 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Ciudad Bolívar, $ 300 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Manaos, $ 400 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Guayaquil, $ 250 de sueldo; Cónsul en Tulcán, $ 100 de sueldo y $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en Lima, $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Vicecónsul en Iquitos, $ 50 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul General en Buenos Aires, $ 100 para arrendamiento de local y útiles de escritorio; Cónsul en El Amparo (Venezuela), $ 150 de sueldo, y Visitador de Consulados en Norte América y las Antillas, $ 300 de sueldo y $ 100 para viáticos. Quedan derogados los Decretos y Resoluciones anteriores relativos a los sueldos y asignaciones en el servicio Consular. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2452 de 1919 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2452 de 1919 · Por el cual se señalan los sueldos y asignaciones de algunos Cónsules de la República en el Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.