ARTICULO 170 . La Oficina de Auditoría Interna desarrollará las siguientes funciones
Asesorar a la Dirección General en el establecimiento de políticas, estrategias, normas y procedimientos de control para evaluar el desarrollo de las actividades administrativas y financieras del Instituto y, una vez definidos, velar por su estricto cumplimiento.
Planear y programar, en coordinación con las Sub-Direcciones, la ejecución del proceso del control de gestión del Instituto.
Coordinar con la Divisi6n de Métodos y Sistemas la conformación y actualización del Sistema de Información requerido para el control de gestión de la Institución.
Identificar y establecer, con participación de las diferentes dependencias, los indicadores de gestión para las distintas Areas del Instituto.
Realizar, en coordinaci6n con la Sub-Dirección Administrativa, los inventarios anuales de la Institución.
Ejercer el control y la vigilancia de gestión y resultados de las funciones que desarrollan todas las dependencias y funcionarios de la entidad.
Las demás funciones asignadas por el Director General que sean compatibles con la naturaleza de la dependencia