Despacho del Viceministro de Ambiente . Son funciones del Despacho del Viceministro de Ambiente, además de las que señala la Ley 489 de 1998, las siguientes
Orientar el proceso de formulación de las políticas, regulación y criterios para el manejo de las aguas, biodiversidad, bosques, agua potable, saneamiento básico y ambiental y producción limpia.
Impulsar y coordinar estudios e instrumentos económicos para evaluar los alcances y efectos de los factores ambientales, frente al mercado de bienes y servicios, al impacto sobre la economía nacional y los procesos de deterioro, recuperación y conservación de los recursos naturales renovables.
Promover la formulación de planes de reconversión industrial relacionados con la implantación de tecnologías ambientalmente sanas y la realización de actividades de descontaminación, reciclaje y reutilización de residuos.
Coordinar y organizar la demanda y oferta de investigación entre el Ministerio, los Institutos de Investigación adscritos y vinculados y las Corporaciones Autónomas Regionales.
Coordinar los asuntos de cooperación, compromisos y relaciones internacionales del Ministerio y velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
Velar por la aplicación del Plan de Desarrollo Administrativo del sector.
Las demás previstas en la ley y que por su naturaleza le correspondan.