La acción administrativa en el Distrito corresponde al Alcalde, funcionario que tiene el carácter de Agente del Ejecutivo y mandatario del pueblo.
Acto_legislativo 2 de 1908 →Vigente
Artículo 5
Acto_legislativo 2 de 1908 · ACTO LEGISLATIVO 2 DE 1908, 12/08/1908, Por el cual se sustituye el Título XVIII de la Constitución nacional y se derogan los Actos Legislativos números 7 de 1905 y 2 de 1907
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.