Micelio

Artículo 11

Ley 65 de 1917 · que reforma las Leyes 2 y 70 de 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El camino designado con la letra v) en el artículo 2° de la Ley 70 de 1916, será el que, partiendo de Yarumal y pasando por el puerto de Valdivia, en el río Cauca, se dirige por la banda occidental de éste a Montería, en el río Sinú con un ramal, que partiendo de Valdivia y pasando por Cáceres vaya a Ayapel en el río San Jorge.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 65 de 1917