Micelio

Artículo 3

Decreto 2270 de 2008 · por el cual se establecen requisitos para la importación de bebidas alcohólicas y se adiciona el Decreto 1299 de 2006.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Cupos para la Zona de Régimen Aduanero Especial . La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior fijará cupos para el ingreso de las bebidas alcohólicas a que se refiere el presente decreto, a la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure, teniendo en cuenta la población, el consumo por habitante y demás elementos que justifiquen su introducción a la zona.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2270 de 2008