º Apruébase el acuerdo número 4 de 1975 (mayo 15) del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 4 DE 1975 (mayo 15) El Comité Nacional de Cafeteros en uso de sus atribuciones y considerando
Que desde 1970 la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia administra el Fondo de Desarrollo y Diversificación de Zonas Cafeteras como un programa de mejoramiento de las condiciones sociales y económicas del gremio cafetero mediante el fomento de la producción agropecuarias distintas del café;
Que el Gobierno Nacional por Decreto 271 del 20 de febrero de 1975 aprobó el Acuerdo número 5 de noviembre 6 de 1974 del XXXIII Congreso Nacional de Cafeteros que dispuso que los órganos de dirección y definición de las políticas del Programa de Desarrollo y Diversificación continuarán siendo los estatutarios de la Federación;
Que dentro de los Programas de Desarrollo y Diversificación se considera de la mayor importancia el relativo al cultivo e industrialización de la caña de azúcar en el Valle del Rio Zulia, Departamento del Norte de Santander y en su zona limítrofe de la República de Venezuela;
Que este proyecto ha venido a cargo de la Promotora Azucarera cuyos accionistas, para permitir la vinculación de nuevos aportes principalmente de Colombia, Venezuela y de entidades internacionales que la han ofrecido su apoyo como proyecto de integración colombio-venezolana, han acordado transformar la citada Promotora en la Ejecutora Agroindustrial del Zulia con un capital autorizado de $ 100.0000.000.00 y suscrito de $ 50 millones, acuerda :