Micelio

Artículo 13

Cuando Una Unidad Ejecutora Tenga Fondos Cuenta O Fondos Especiales Con Personería Jurídica Y Que Presupuestalmente Se Manejen Como Un Rubro Presupuestal, Deberán Identificarse Como Una "asignación Interna Funcional" De Tal Forma Que Se Determinen Sus Operaciones Separadamente

Decreto 178 de 2003 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando una unidad ejecutora tenga fondos cuenta o fondos especiales con personería jurídica y que presupuestalmente se manejen como un rubro presupuestal, deberán identificarse como una "asignación interna funcional" de tal forma que se determinen sus operaciones separadamente. DE LA GESTION FUERA DE LINEA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 178 de 2003