Micelio

Artículo 1147

Para Devolución De Toda Clase De Rentas Que Se Hayan Cobrado De Más En El Año $ 1

Decreto 1277 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones, en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración, auxilios y otros. CAPITULO 109 Aportes, participaciones, indemnizaciones y devoluciones. 104. Del artículo 1147.Para devolución de toda clase de rentas que se hayan cobrado de más en el año $ 1.000.000.00 Suman los Contracréditos $ 1.000.000.00 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 353 División de Coordinación Universitaria, y Alta Cultura Universidades. 104. Al artículo 3874 Aporte para el sostenimiento de la Universidad Nacional inclusive 50.000.00 para la Escuela de Minas de Medellín; $ 250.000.00 para la Facultad, de Ingeniería Industrial de Manizales; $ 40.000.00para el Centro de Enseñanza Estadística, Económica y Financiera y $ 750.000.00 para la Escuela Superior, de Higiene, en el año $ 1.000.000.00 Suman los créditos $ 1.000.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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