Micelio

Artículo 49

División De Programación Académica

Decreto 2203 de 1993 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 49. División de Programación Académica. Son funciones de la División de Programación Académica

1.

Programar en coordinación con las dependencias respectivas, la realización de los cursos de formación, promoción profesional, especialización y controlar su cumplimiento.

2.

Analizar la estructura del currículo para diagnosticar necesidades y establecer mecanismos que permitan mejorar la calidad de la enseñanza en las escuelas de formación y especialización.

3.

Evaluar los resultados de la calidad educativa en los procesos de formación y especialización de las diferentes escuelas, a través de las revistas de carácter académico.

4.

Presentar estudios relacionados con la actualización de métodos, procedimientos y ayudas educativas.

5.

Coordinar con otras entidades la realización de programas e investigaciones de interés institucional.

6.

Asesorar el proceso de investigación científica que se debe cumplir en las escuelas de formación y especialización.

7.

Coordinar las actividades deportivas, la publicación de manuales, conferencias y material de ayudas educativas.

8.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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