Patrimonio. El patrimonio de los organismos deportivos estará constituido, entre otros por los siguientes fondos y bienes:
Las cuotas de afiliación y de sostenimiento determinadas por la asamblea en su cuantía y forma de pago;
Los auxilios, subsidios y donaciones que se les hagan;
El producto de los servicios que presten a sus afiliados o a terceros;
El valor de las inscripciones a los campeonatos y otras participaciones;
Los bienes muebles e inmuebles que adquieran para la prestación de sus servicios y su funcionamiento;
Los rendimientos derivados de sus bienes o de otra actividad que desarrollen dentro de su objeto.
(Decreto 380 de 1985, artículo 29)