Micelio

Artículo 2.3.4.1

Patrimonio

Decreto 1085 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Patrimonio. El patrimonio de los organismos deportivos estará constituido, entre otros por los siguientes fondos y bienes:

1.

Las cuotas de afiliación y de sostenimiento determinadas por la asamblea en su cuantía y forma de pago;

2.

Los auxilios, subsidios y donaciones que se les hagan;

3.

El producto de los servicios que presten a sus afiliados o a terceros;

4.

El valor de las inscripciones a los campeonatos y otras participaciones;

5.

Los bienes muebles e inmuebles que adquieran para la prestación de sus servicios y su funcionamiento;

6.

Los rendimientos derivados de sus bienes o de otra actividad que desarrollen dentro de su objeto.

(Decreto 380 de 1985, artículo 29)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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