Micelio

Artículo 7

Tarifa

Ley 2123 de 2021 · Por la cual se autoriza a la asamblea del departamento de Casanare para que ordene la emisión de la Estampilla en Pro del Fortalecimiento de la Universidad que trata la Ley 1937 de 2018 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tarifa para la presente estampilla será así:

Valor del contrato Tarifa

>0 UVT <100 UVT >0,15% <0,3%

>100 UVT<200 UVT >0,3%<0,65%

>200 UVT<700 UVT >0,65% <1,25%

>700 UVT 1,5%

Por medio de ordenanza, la asamblea departamental decidirá qué tarifa tomar según los rangos estipulados. En ningún caso, la tarifa podrá ser superior ni inferior a los rangos mencionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2123 de 2021