El Gobierno pagara su cincuenta por ciento, de su cargo, a la Compañía, una vez terminada la obra, en órdenes de pago, de modo que la suma a cargo del Gobierno quede pagada totalmente a los seis (6) meses subsiguientes a la terminación de la obra.
Parágrafo
El Gobierno, al someter el presente contrato a la aprobación del Congreso, solicitara la partida necesaria para el pago de la cuota que le corresponde.