Artículo segundo. Con efectividad desde las fechas que a continuación se expresan, crean en la División de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Ganadería, los cargos cuyas asignaciones mensuales se señalan a continuación: Administrador de la Granja Ovina de San Jorge, con efectividad desde el 26 de octubre de 1950 $ 400.00 Administrador de la Sub-Estación de Aclimatación de Pubenza con efectividad desde el primero de noviembre de 1950 250.00 Práctico Avícola en la Granja "Tulio Ospina", con efectividad desde el primero de noviembre de 1950 270.00
Decreto 3678 de 1950 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3678 de 1950 · Sobre creación de unos cargos en el Ministerio de Agricultura y Ganaderia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.