Micelio

Artículo 17

Ley 52 de 1918 · Que reforma la número 83 de 1915, sobre detención y libertad provisional y suspensión de condenas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno hará una edición en folleto, de la presente Ley y de los artículos que quedan vigentes de la Ley 83 de 1915 .

El Consejo de Estado, al hacer la edición de las leyes del presente año, pondrá como apéndice de la colección los artículos que quedan vigentes de la misma Ley 83.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1918