Micelio

Artículo 1

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1147 de 2024 · por el cual se modifica y adiciona el Título 13 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con las Zonas de Reserva Campesina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.14.13.1 del Título 13 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, el cual quedará así: Artículo 2.14.13.1. Ámbito de aplicación . Las disposiciones del presente título se aplicarán a las Zonas de Reserva Campesina (ZRC) de que trata el Capítulo XIII de la Ley número 160 de 1994, las cuales son formas de territorialidad campesina que se constituirán y delimitarán por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en las áreas cuyas características agroecológicas y socioeconómicas requieran la regulación, delimitación y ordenamiento social de la propiedad rural, en zonas de colonización, y en las zonas donde predomine la existencia de tierras baldías incluyendo las zonas de reserva forestal establecidas en la Ley 2 de 1959. También se aplicará en las ZRC existentes, para su ampliación y consolidación.

Parágrafo

No procederá la constitución de ZRC en las siguientes áreas

1.

Las comprendidas dentro del Sistema Nacional de Parques Nacionales Natu­rales, Parques Naturales Regionales y las reservas forestales protectoras de la Sinap.

2.

En los resguardos y los territorios ancestrales y/o tradicionales de pueblos indí­genas, según lo previsto en los artículos 2.14.7.1.2 y 2.14.7.1.3 del Decreto 1071 de 2015.

3.

En los territorios colectivos y los territorios ancestrales y/o tradicionales de co­munidades negras, raizales o palenqueras conforme a lo dispuesto por la Ley 70 de 1993 y otras normas vigentes.

4.

Las reservadas por la ANT u otras autoridades públicas, para otros fines señala­dos en las leyes.

5.

Las que hayan sido constituidas como Zonas de Desarrollo Empresarial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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