Criterio General Para El Establecimiento De La Contraprestación Por Las Autorizaciones
Decreto 1492 de 1998 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones que se causen y deban pagarse a las entidades concedentes en materia de telecomunicaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros que se otorguen de conformidad con sus facultades y competencias legales, así como los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Criterio general para el establecimiento de la contraprestación por las autorizaciones . Las contraprestaciones por concepto de las autorizaciones para la modificación, ensanche, renovación, ampliación y expansión que se otorguen respecto de redes y servicios telecomunicaciones se establecen en condiciones de igualdad para todos los operadores y en función de los costos administrativos en que incurre el Ministerio para la expedición del acto correspondiente. Las contraprestaciones por concepto de autorizaciones relacionadas con prórrogas y cesiones de la concesión para la prestación de un servicio se fijan en función de los derechos derivados del acto.
Parágrafo
Estas contra prestaciones se causarán por cada autorización que se solicite, ya sea en forma independiente o conjunta con otro tipo de autorizaciones concernientes a la red, al servicio o a la concesión.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.