Requisitos para otorgar el incentivo puntual . Para obtener el incentivo de que trata el inciso primero del artículo 2.2.13.4.4. del presente decreto, es necesario que durante el año calendario anterior, la persona haya realizado por lo menos seis (6) aportes en el Servicio Social Complementario BEPS, o pagos equivalentes al valor total de los aportes correspondientes a seis (6) salarios mínimos diarios legales vigentes. (Decreto número 604 de 2013, artículo 10). CAPITULO 5 BENEFICIO ECONÓMICO PERIÓDICO
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.2.13.4.5
Requisitos Para Otorgar El Incentivo Puntual
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.