Micelio

Artículo 3

Ley 112 de 1943 · Por la cual se autoriza a los Municipios de Girardot, Barranquilla y Medellín para verificar sorteos extraordinarios de lotería y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los productos líquidos que se obtengan de los sorteos autorizados por los artículos 1° y 2°, se invertirán en las obras de beneficencia y asistencia social que determinen los Consejos Municipales de Barranquilla y Girardot.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 112 de 1943