Del Capítulo correspondiente al Ministerio de Obras Públicas, del Presupuesto Nacional, destínase, por una sola vez, y en la próxima vigencia fiscal, la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000.00) para el Colegio de Boyacá.
Ley 107 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Ley 107 de 1959 · Por la cual se autoriza un auxilio destinado al Colegio de Boyacá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.