Micelio

Artículo 61

Decreto 1010 de 2000 · por el cual se establece la organización interna de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se fijan las funciones de sus dependencias; se define la naturaleza jurídica del Fondo Social de Vivienda de la Registraduría Nacional del Estado Civil; y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Despacho del Director . Son funciones del Director del Fondo Social de Vivienda

1.

Coordinar y organizar los apoyos administrativos y técnicos que demande la gestión de los asuntos encomendados al Fondo Social de Vivienda.

2.

Rendir informes sobre el estado de la ejecución de la inversión realizada por el Fondo Social de Vivienda, así como los informes que le soliciten las demás autoridades competentes.

3.

Ejercer la representación para comprometer los recursos del Fondo Social de Vivienda o efectuar las reclamaciones a que hubiere lugar.

4.

Gestionar ante las autoridades competentes el allegamiento de los recursos y la recuperación de los mismos que corresponde manejar al Fondo Social de Vivienda.

5.

Velar por la aplicación eficiente y la observación de las normas de ejecución presupuestal que deba realizar el Fondo Social de Vivienda.

6.

Preparar y presentar para su aprobación el anteproyecto de presupuesto de ingresos y egresos.

7.

Preparar y presentar para su aprobación los actos necesarios para la ejecución presupuestal.

8.

Gestionar todos los documentos, estudios, soportes y demás aspectos atinentes al cumplimiento de los objetivos del Fondo Social de Vivienda y que deban ser de conocimiento de su Junta Directiva.

Parágrafo

El control interno y disciplinario sobre actuaciones del personal asignado al Fondo Social de Vivienda, será ejercido por las oficinas competentes de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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