Micelio

Artículo 25

Decreto 3139 de 2006 · por el cual se dictan las normas relacionadas con la organización y funcionamiento del Sistema Integral de Información del Mercado de Valores -SIMEV-, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 3.2.3.20 de la Resolución 1200 de 1995 de la Superintendencia de Valores quedará así: " Artículo 3.2.3.20. Aviso de martillo para rematar valores en mercado primario. Además de lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 3.2.3.6, el aviso del martillo deberá incluir la información a que alude el literal c) del artículo 1.1.2.5 de la Resolución 400 de 1995 de la Sala General de la Superintendencia de Valores. El primer aviso del martillo deberá publicarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que quede ejecutoriada la resolución por medio de la cual la Superintendencia Financiera de Colombia autorice la oferta pública de las acciones. La fecha de celebración del martillo deberá establecerse observando lo previsto en el literal c) del artículo 41 de la Ley 964 de 2005".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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