Modifícase el inciso 1º del artículo 24 del Decreto 1697 de 1994, el cual quedará así: Todas las personas naturales o jurídicas que obtengan concesión para la prestación del servicio postal de mensajería especializada pagarán al Fondo de Comunicaciones:
Artículo 10
Modifícase El Inciso 1º Del Artículo 24 Del Decreto 1697 De 1994, El Cual Quedará Así: Todas Las Personas Naturales O Jurídicas Que Obtengan Concesión Para La Prestación Del Servicio Postal De Mensajería Especializada Pagarán Al Fondo De Comunicaciones: Jurisprudencia [ Mostrar ] Denegadas Las Pretensiones Sentencia Del Consejo De Estado Sentencia 3185 De 1995 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Parcialmente (Inciso 1 ) Artículo 24 Decreto 1697 De 1994
Decreto 2622 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto número 1697 de agosto 3 de 1994 que reglamenta el Servicio Postal
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.