Micelio

Artículo 49

A Solicitud Del Usuario, Puertos De Colombia Suministrará Carpas Para Cargamentos Almacenados En Áreas Descubiertas

Decreto 1714 de 1980 · Por el cual se aprueban las tarifas para los servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia, COLPUERTOS y los derechos de operación de muelles privados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A solicitud del usuario, Puertos de Colombia suministrará carpas para cargamentos almacenados en áreas descubiertas. En este caso las tarifas previstas en los artículos 45, 46 o 47 y 48. Tendrán un recargo del 30%.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1714 de 1980