Al pie de la demanda certificarán el Juez y su Secretario que se ha presentado personalmente por el demandante, así como la fecha y hora en que se introdujo al Juzgado. Inmediatamente deberá dirigir despacho telegráfico al Tribunal correspondiente, en el cual expresará el nombre del demandante, el contenido de la demanda y la fecha de la presentación. Los Jueces gozarán de franquicia telegráfica para estos despachos.
La demora u omisión en el cumplimiento de algunas de las obligaciones que aquí se señalan a los Jueces harán responsables a éstos a una multa de doscientos ($200) a quinientos pesos ($500), que impondrá el Tribunal Administrativo que conozca del negocio, previa comprobación de los hechos, y sin perjuicio de .las demás sanciones a que hubiere lugar.