º La Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones expedirá también, sin sujeción al sistema de cupos básicos, licencias para importar inodoros y lavamanos cuyo valor no exceda de US$ 35 por unidad, a los constructores y arquitectos que demuestren la necesidad de estas importaciones, para edificaciones, iniciadas, que hayan obtenido las respectivas licencias municipales.
Artículo 2
La Oficina De Control De Cambios, Importaciones Y Exportaciones Expedirá También, Sin Sujeción Al Sistema De Cupos Básicos, Licencias Para Importar Inodoros Y Lavamanos Cuyo Valor No Exceda De Us$ 35 Por Unidad, A Los Constructores Y Arquitectos Que Demuestren La Necesidad De Estas Importaciones, Para Edificaciones, Iniciadas, Que Hayan Obtenido Las Respectivas Licencias Municipales
Decreto 199 de 1949 · por el cual se aprueba la Resolución número 3 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.