Micelio

Artículo 184

Requisitos De La Decisión De Citación A Audiencia

Ley 734 de 2002 · Por la cual se expide el Código Disciplinario UnicoDerogado Parcialmente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La decisión mediante la cual se cite a audiencia al servidor público deberá reunir los siguientes requisitos:

1.

Breve motivación en la que se expongan los hechos constitutivos de la falta y su tipicidad.

2.

Enumeración de las pruebas con fundamento en las cuales se hace la citación a audiencia.

3.

Relación de las pruebas que se practicarán en el curso de la audiencia pública.

4.

Indicación del lugar, la fecha y la hora en la que se realizará la audiencia.

5.

Citación al servidor público para que comparezca a la audiencia, asistido por defensor si así lo quisiere, y para que aporte, o, en su oportunidad solicite las pruebas que pretenda hacer valer en la diligencia.

6.

Explicación de las causas que fundamentan la orden de suspensión provisional del cargo del servidor público, si tal medida preventiva fuere procedente, de acuerdo con las normas legales respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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